16 de abril de 2025 EE. UU. Homeland Homeland del Secretario de Seguridad del Departamento de Seguridad Nacional Washington, DC 20528 Código escolar de Seguridad Nacional Maureen Martin: Bos214f00162000 Harvard University c/o Harvard International Office 1350 Massachusetts Ave., RM. 864 Cambridge, MA 02138 Maureen [email protected] Estudiante e intercambio Programa de visitantes Solicitud de registros de estudiantes Es un privilegio que los estudiantes extranjeros asistan a la Universidad de Harvard, no una garantía. El gobierno de los Estados Unidos entiende que la Universidad de Harvard depende en gran medida de la financiación de estudiantes extranjeros de más de 10,000 estudiantes extranjeros para construir y mantener su dotación sustancial. Al mismo tiempo, su institución ha creado un entorno de aprendizaje hostil para estudiantes judíos debido al fracaso de Harvard en condenar el antisemitismo. Como recordatorio, el presidente Donald J. Trump emitió la Orden Ejecutiva 14188, que especifica que “(i) t será la política de los Estados Unidos para combatir el antisemitismo enérgicamente, utilizando todas las herramientas legales disponibles y apropiadas, para procesar, eliminar o retener de otra manera para contabilizar a los perpetradores de acosamiento antisemitico ilegal y violencia”. EO 14188 (29 de enero de 2025). El Programa de Visitantes de Estudiantes y de Intercambio (SEVP) monitorea regularmente las escuelas aprobadas por SEVP para determinar su cumplimiento de las regulaciones de gobierno, y para garantizar la precisión de la información en el Sistema de Información de Visitantes de Estudiantes e Intercambios (SEVIS) para dichas instituciones, y para los estudiantes no inmigrantes y los visitantes de intercambio que asisten a la escuela. Su certificación continua de SEVP depende de cumplir con los requisitos del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS), establecido en el Código de Regulaciones Federales del Título 8 (8 CFR). El SEVP puede solicitar información sobre estudiantes no inmigrantes de escuelas certificadas bajo 8 CFR § 214.3 (g) (1). Su escuela debe enviar la siguiente información a nuestra oficina el 30 de abril de 2025: 1. Proporcione información relevante sobre la actividad ilegal conocida de cada titular de la visa del estudiante y si la actividad ocurrió en el campus. 2. Proporcione información relevante sobre la actividad peligrosa o violenta conocida de cada titular de la visa del estudiante, y si la actividad ocurrió en el campus. 3. Proporcione información relevante sobre las amenazas conocidas del titular de la visa de cada estudiante a otros estudiantes o personal universitario, y si la actividad ocurrió en el campus. 4. Proporcione información relevante sobre la privación conocida de los derechos de los derechos de otros compañeros de clase o personal universitario, y si la actividad ocurrió en el campus.