CÁMARAS DE JUSTICIA ELENA KAGAN Corte Suprema de los Estados Unidos Washington, DC 20343 7 de febrero de 2016 Memorando a la Conferencia Asunto: 15A773 West Virginia, et al. contra EPA, et al. 15A776 Cuenca eléctrica. Cooperativa de energía, et al. contra EPA, et al. 15A787 Cámara de Comercio, et al. contra EPA, et al. 15A778 Murray Energy Corp., y otros. contra EPA, et al. – 15A793 Dakota del Norte contra EPA, et al. Estoy de acuerdo con Steve en que debemos ordenar a los estados que soliciten una extensión de la EPA antes de pedirle a esta Corte que intervenga. También podríamos incluir, al final de dicha orden, un lenguaje como el siguiente, para alentar al Circuito de DC a actuar rápidamente en su resolución de este asunto: “A la luz del acuerdo de ese tribunal de considerar este caso en un cronograma acelerado, estamos seguros de que (o incluso: lo instamos a) tomará una decisión con la celeridad adecuada”. Véase Doe v. Gonzales, 546 US 1301, 1308 (2005) (GINSBURG, J., en el despacho); Kemp contra Smith, 463 US 1344, 1345 (1983) (Powell, J., en el despacho); Holtzman contra Schlesinger, 414 US 1304, 1305, n. 2 (1973) (Marshall, J., en despacho). La naturaleza única del alivio buscado en estas aplicaciones me hace reflexionar. Los solicitantes nos solicitan que prohíbamos un reglamento pendiente de revisión inicial en el tribunal de apelaciones. Como solemos decir, “somos un tribunal de revisión, no de primera vista”. Véase Cutter contra Wilkinson, 544 US 709, 718 n. 7 (2005); cf. Doe, 546 US, en 1308 (“El respeto por la evaluación del Tribunal de Apelaciones está especialmente justificado cuando ese tribunal procede a pronunciarse sobre el fondo con la debida celeridad”). Hasta donde puedo decir, no tendría precedentes para nosotros cuestionar la decisión del Circuito DC de que una suspensión no está justificada, sin el beneficio de una información completa o una decisión judicial previa. En cuanto al fondo, este es un caso difícil que involucra un régimen legal y regulatorio complejo. Aunque el breve debate entre las partes sobre las cuestiones en juego aquí me hace difícil determinar con confianza qué lado probablemente prevalecerá en última instancia, me parece que en esta etapa el gobierno tiene el mejor de los argumentos. El memorando del Jefe se centra en el argumento de los solicitantes de que el “mejor sistema de reducción de emisiones” se refiere “únicamente a la instalación de tecnologías de control (por ejemplo, depuradores)”. Memo 2/5, en 2. El significado corriente de “sistema” es de hecho bastante amplio y parece abarcar lo que la EPA ha hecho aquí. Por supuesto, nos gustaría considerar este término en el contexto más amplio de la regulación de la Ley de Aire Limpio.






