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El tribunal oral revela mañana por qué no condenó a Cristina Kirchner por asociación ilícita

marzo 8, 2023
en Política
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El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) dará a conocer mañana los fundamentos de la condena a 6 años de prisión de Cristina Kirchner en la causa Vialidad del 6 de diciembre pasado y levantará el misterio de por qué no fue sentenciada como jefa de una asociación ilícita, entre otras expectativas sobre ese fallo histórico.

También correrá el velo sobre las razones por las que absolvió al ex ministro de Planificación, Julio De Vido.

Por unanimidad, los tres miembros del TOF 2 encontraron a la vicepresidenta responsable del delito de administración fraudulenta contra el Estado.

Pero el juez Andrés Basso fue el único de los tres que consideró que sí se estaba también frente a la jefa de una asociación ilícita.

Los otros jueces Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu descartaron que hubiera existido una banda lidera por Cristina en la cúspide del Gobierno.

No son dudas menores porque, desde 1983 hasta ahora, la mayoría de los jueces no se animó a condenar por asociación ilícita a políticos en un debate con ribetes jurídicos y un trasfondo político.

Por ejemplo, el ex juez Jorge Urso había procesado al ex presidente Carlos Menem como jefe de una asociacion ilícita en el caso de la Venta Ilegal de Armas a Ecuador y Croacia, pero la Corte de la mayoría automática menemista dijo que ese delito no podía existir en un gobierno democrático.

De todos modos, tras conocerse los fundamentos, el fiscal Diego Luciani apelará el veredicto para que se incluya ese delito.

Mientras las defensas apelarán las condenas en el plazo de diez días hábiles que tienen para ir a la Cámara Federal de Casación Penal.

Mientras, la Cámpora de la ciudad de Buenos Aires inició esta noche una vigilia en la plaza Lavalle, frente al Palacio de Tribunales, en apoyo a la vicepresidenta para tratar de contrarrestar el efecto mediático que tendrá la difusión de los fundamentos.

No se leerán los extensos fundamentos en una audiencia pública, sino que se publicarán al sistema Lex 100 de la Justicia para que todas las partes del caso puedan acceder a ellos.

De esta forma, el TOF 2 confirmará su estilo de bajo perfil, desangelado y profesional para manejar un juicio oral.

Bajo el lema “la proscripción al carajo”, las agrupaciones kirchneristas motorizan el sábado la precandidatura presidencial de Cristina Kirchner para este año en un acto en Avellaneda, pese a que la vicepresidenta dijo que no será candidata a nada porque está “proscripta” y que no necesita fueros parlamentarias para no ir presa en el futuro.

De todos modos, como cumplió 70 años el mes pasado, si se confirma la condena gozará de prisión domiciliaria.

Como explicó esta semana la jueza electoral María Servini, hasta ahora, Cristina se puede presentar como candidata en base al fallo de la Corte que permitió que el ex presidente Carlos Menem fuera candidato a senador porque tenía condenas que no estaban firmes.

Para que rija la prohibición para ejercer cargos públicos de Cristina, primero deberá expedirse Casación y luego la Corte, en un proceso que durará un par de años.

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El 6 de diciembre el TOF 2 estimó que el direccionamiento de obras públicas a favor de Lázaro Báez ocasionó un año al Estado de 80.000 millones de pesos, una cifra sin antecedentes en lo que va de la democracia en la Argentina.

Los fundamentos abreviados que se divulgaron en diciembre subrayaron la “certeza” del Tribunal respecto a que “mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015”.

Se refirieron así a los 51 contratos que le fueron adjudicados por Vialidad de Santa Cruz al Grupo Austral, propiedad de Báez, ex socio comercial de la vicepresidenta.

Las obras viales licitadas en suelo santacruceño fueron “sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas” a Báez, dijo el Tribunal y añadió que la conformación de su holding y el crecimiento económico del mismo, fue “exponencial” y el mismo se vio “directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción” y ninguna obra privada.

En otros términos, los magistrados indicaron que ex funcionarios de Vialidad nacional como de la agencia provincial, “operaron al margen del interés público”, configurando, “detrás de una apariencia de licitud, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito”.

Otro de los aspectos vinculados al rol de los ex funcionarios y sobre el que profundizará el TOF 2, refiere al trato “preferencial a las sociedades del grupo, proveyéndolas de canales exclusivos y privilegiados de cobro (ya sea garantizando adelantos financieros permanentes o a través de pagos anticipados de certificados de obra)”.

Junto a otros ejemplos como aspectos técnicos y administrativos, como las obras cobradas pero no terminadas, se conocerán este jueves cuando se publiquen los fundamentos de la sentencia.

En esencia lo que expuso el Tribunal al dictar la sentencia acusatoria, es la “existencia de vínculos promiscuos y corruptos entre funcionarios de la administración pública (nacional y provincial) y las empresas contratistas del Estado propiedad de Lázaro Báez”.

Esos lazos, consideraron los jueces, “fueron determinantes para la concreción de una defraudación en la que predominó una ficta legalidad para instrumentar procesos y decisiones administrativas que buscaron asegurar y disimular un beneficio ilegítimo a favor de, por lo menos, dos de las personas imputadas: Cristina Kirchner y Lázaro Báez”.

Este funcionamiento expuso un “aceitado y concertado circuito de irregularidades”. Y en todo esto, por unanimidad indicó el Tribunal, “hubo un interés manifiesto” de la Vicepresidenta para que el plan criminal se ejecute. Pese al uso de esas palabras que hablan de sincronización de voluntades, la mayoría del TOF descartó el delito de asociación ilícita.

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Etiquetas: aasociacioncondenocristinaelilicitakirchnermanananooralporquerevelatribunal

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